Información DANA

Si el agua ha llegado a tu casa, no estás solo

Te explicamos en claro quién paga los daños de una inundación, cómo reclamar y qué tener preparado. Y si prefieres no pelearte con papeles, llámame y lo tramito yo.

Emergencias: 112 · Consorcio de Compensación de Seguros: 900 222 665

Quién paga

Las inundaciones extraordinarias las paga el Consorcio

El Consorcio de Compensación de Seguros es un organismo público que indemniza los daños de catástrofes como una DANA. La condición: que lo dañado tuviera un seguro en vigor ese día.

  • Tu vivienda

    El continente y el contenido que tuvieras asegurados en tu seguro de hogar: paredes, suelos, muebles, electrodomésticos.

  • Tu coche

    Está cubierto aunque solo tengas el seguro a terceros. Lo que cambia es cómo se calcula la indemnización según tu póliza.

  • Tu negocio

    Local, mercancía y maquinaria aseguradas. Y la pérdida de beneficios si la tenías contratada en tu póliza.

  • Si no puedes vivir en casa

    La pérdida de habitabilidad o el desalojo forzoso también se pueden indemnizar si tu póliza incluye esas garantías.

Paso a paso

Qué hacer después de la inundación

Primero, tu seguridad: no entres en garajes ni bajos inundados y no toques la instalación eléctrica si está mojada. Después:

  1. Haz fotos y vídeos antes de limpiar

    Graba los daños, la marca que ha dejado el agua en las paredes y los objetos afectados. Es la mejor prueba para el perito.

  2. No tires nada sin fotografiarlo

    Si tienes que sacar muebles o enseres por salubridad, fotografíalos antes y, si puedes, guarda alguna muestra hasta que pase el perito.

  3. Reúne los datos de tu póliza

    Compañía, número de póliza, el recibo pagado y un número de cuenta donde cobrar.

  4. Comunica los daños al Consorcio

    Por el teléfono gratuito 900 222 665 o en consorseguros.es. Te darán un número de expediente: guárdalo.

  5. Atiende al perito

    Enséñale las fotos, las facturas y los daños. Si algo no te cuadra en la valoración, no firmes con dudas: consúltame.

  6. O llámame y lo hago yo

    Como corredor puedo presentar la solicitud en tu nombre y hacer el seguimiento hasta que cobres.

Lista rápida

Lo que conviene tener a mano

Cuanto más completa esté la solicitud, antes se resuelve. Ve guardando todo en una carpeta o en el móvil.

  • DNI o NIE del asegurado
  • Compañía y número de póliza
  • Recibo pagado del seguro de este año
  • Número de cuenta (IBAN) para cobrar
  • Fotos y vídeos de los daños
  • Facturas o tickets de lo dañado y de las reparaciones urgentes
  • Si es un coche: matrícula y ficha técnica
  • Si es un negocio: CIF y datos de actividad
Prevención

Si hay alerta por lluvias

Cuando la AEMET o Protección Civil activan un aviso, unos minutos de previsión pueden evitar muchos daños.

  • Sigue los avisos oficiales

    Atiende a los mensajes de Protección Civil y del 112. Si te piden no salir, no salgas.

  • No bajes al garaje

    Ningún coche vale más que tu vida. No cruces calles ni pasos inundados, ni a pie ni en coche.

  • Sube lo importante

    Documentos, aparatos y objetos de valor, a una planta alta o a un estante elevado.

  • Ten tus pólizas en el móvil

    Una foto de cada póliza y del último recibo te ahorra mucho tiempo si luego hay que reclamar.

  • Corta la luz si entra agua

    Si el agua llega a tu casa, desconecta la electricidad desde el cuadro solo si puedes hacerlo sin peligro.

  • Revisa tu seguro antes

    Comprueba que tu casa, tu coche y tu negocio están asegurados y con capitales al día. Sin póliza, el Consorcio no paga.

Dudas frecuentes

Lo que más me preguntan

¿Me paga mi compañía o el Consorcio?

Si la inundación es extraordinaria, como en una DANA, paga el Consorcio de Compensación de Seguros, pero solo si tenías un seguro en vigor sobre lo que se ha dañado. Tu compañía o tu corredor pueden tramitarlo por ti.

¿Hay un plazo para reclamar?

Comunícalo cuanto antes. Aunque se te haya pasado algún día, presenta igualmente la solicitud: lo importante es que quede registrada.

Vivo de alquiler, ¿quién reclama?

Los daños del piso (paredes, suelos, instalaciones) los reclama el propietario con su seguro. Tus muebles y tus cosas, tú, con tu seguro de hogar de inquilino si lo tienes.

¿Y los daños en el portal, el garaje o las zonas comunes?

Los reclama la comunidad de propietarios con su propio seguro, normalmente a través del administrador de fincas.

¿Puedo empezar a arreglar antes de que venga el perito?

Sí, las reparaciones urgentes para evitar más daños o por salubridad se pueden hacer. Documenta antes cómo estaba todo con fotos y guarda las facturas.

Mi coche solo tiene seguro a terceros, ¿me cubre?

Sí. El Consorcio indemniza los daños por inundación extraordinaria también a los vehículos asegurados solo a terceros. Llámame y te digo cómo se calcula en tu caso.

Teléfonos útiles

Emergencias 112 · Consorcio 900 222 665

Y para cualquier duda con tu seguro, llámame a mí. Lo vemos juntos y sin prisas.

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