Seguro para patinete eléctrico: lo que tienes que saber

La ley ya exige un seguro de responsabilidad civil para el patinete eléctrico, pero los plazos y el registro de la DGT han ido cambiando. Te lo aclaramos.

Campaña patinetes: ¿tu patinete ya tiene seguro? La normativa del patinete eléctrico ha cambiado; te explicamos qué necesitas.

La Ley 5/2025 creó un seguro obligatorio de responsabilidad civil para los patinetes eléctricos (en la ley, «vehículos personales ligeros»). Es un seguro que paga los daños que puedas causar a otras personas o a sus cosas mientras circulas, igual que ocurre con el coche o la moto.

¿Desde cuándo es obligatorio?

Aquí está el lío. La obligación va unida a un registro de patinetes de la DGT, y las fechas para tenerlo todo en regla se han ido moviendo. Por eso circulan informaciones contradictorias. Lo más prudente es no esperar: si usas el patinete a diario, tener ya el seguro te evita disgustos si tienes un accidente.

Qué cubre y qué no

  • Cubre los daños que causes a terceros: un peatón al que golpeas, un coche que arañas.
  • No cubre, en la versión básica, la reparación de tu propio patinete ni tus lesiones. Para eso existen coberturas opcionales.

¿Y si el patinete es de mi hijo?

El seguro va a nombre del titular del patinete. Si en casa hay varios, lo vemos juntos para que estéis todos cubiertos sin pagar de más.

¿Aseguramos tu patinete?

Te digo qué necesita el tuyo y te lo dejo contratado.

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